REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 07 de junio de 2010
200° y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-008755
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS (CARGA FAMILIAR, presentada por el ciudadano ANDRES ELOY AUDRINES FUENTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.022.442, a favor de su hija, (…), de dos (02) años de edad, quien se encuentra debidamente asistido por el Abg. JENNY MARIN, Defensora Pública 7° del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitó que su ya mencionada hija, sea declarado carga familiar de su Abuela Materna, la ciudadana MARIA EDITA GALLARDO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.964.906. En consecuencia, este Despacho Judicial cumplidas como fueron las formalidades de Ley, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA a la niña (…), CARGA FAMILIAR de la ciudadana MARIA EDITA GALLARDO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.964.906. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la presente Sentencia, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA
Abg. DANIA RAMIREZ CONTRERAS
ABG. SORAYA ANDRADE
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