REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP41-U-2010-000171 Sentencia Interlocutoria N° 66/10.-
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha once (11) de Junio de 2010, por la abogada Yrene López Noriega, titular de la cédula de identidad N° 10.535.882 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 60.448, actuando en su carácter de apoderada judicial de la recurrente “SERVINAVE, C.A.”, constante de seis (06) folios útiles y siete (07) anexos, identificados con los números I al VII, por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.- DOCUMENTALES: Fueron agregados a los autos los documentos promovidos anexos al Escrito de promoción de pruebas e identificados con los números I, II, III, IV, V, VI y VII.
El Juez Provisorio,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
El Secretario,
Giovanni Franco. Bianco Sandoval.
GAFR/gfbs/ah.
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