REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 29 de Junio de 2010
200º y 151º

Partes: CARLINDA ESTHER PÉREZ AYALA y LUIS ALFREDO LUCERO RODRÍGUEZ mayores de edad, cónyuges entre si, la primera venezolana por naturalización y el segundo venezolano de nacimiento, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.935.526 y 4.841.292.
Abogados asistentes: Oscar Elías Omaña Guerrero y Alfonso Méndez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.382 y 33.662, respectivamente.
Motivo: Divorcio 185-A.
Expediente N°: AH11-F-2008-000279/45899
Se inició el presente procedimiento, mediante escrito presentado en fecha 18 de julio de 2008, por los ciudadanos, Carlinda Esther Pérez Ayala y Luis Alfredo Lucero Rodríguez, debidamente asistidos por los abogados Oscar Elías Omaña Guerrero y Alfonso Méndez, identificados al inicio del presente fallo.
Alegan los solicitantes en su escrito, que contrajeron matrimonio ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador, del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), en fecha 11 de marzo de 1.981, estableciendo su domicilio conyugal en la Calle El Centro, Casa, N° 52, Parroquia La Pastora, que desde el 15 de abril de 2000 han estado separados de hecho, no compartiendo vida marital en común ni reconciliación alguna; que de dicha unión procrearon un (01) hijo quien en la actualidad es mayor de edad, que no adquirieron bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, en virtud de ello solicitan el divorcio fundamentado la misma en el artículo 185 “A” del Código Civil.
Consignados los recaudos el Tribunal dictó auto en fecha 06 de marzo de 2010, admitiendo la solicitud previo cumplimiento de lo requerido en el auto de fecha 11 de agosto de 2008, respecto de la consignación de la Gaceta Oficial emanada del Ministerio de Relaciones Interiores, a los fines de fundamentar el cambio de nacionalidad de la ciudadana Carlinda Esther Pérez Ayala, toda vez que en la copia certificada del acta de matrimonio consignada por los accionantes, está identificada la referida ciudadana con el número de cédula de identidad E- 81.082.738 de nacionalidad colombiana, y en el libelo de demanda ésta se identifica con el número de cédula de identidad 11.935.526 de nacionalidad venezolana. Asimismo, se ordenó la notificación del Ministerio Público para que manifestara lo que creyera conveniente acerca de la solicitud de Divorcio.
Realizados todos los trámites pertinentes para lograr la notificación de la representación del Ministerio Público, en fecha 10 de junio de 2010, compareció la abogada Irde Capote Mendoza, en su carácter de Fiscal Nonagésima Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien no realizó objeción alguna en cuanto a la solicitud de divorcio.
En virtud de lo antes expuesto y por cuanto consta de la revisión de las actas procesales que conforman el expediente, que se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 185-A del Código Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: CARLINDA ESTHER PÉREZ AYALA y LUIS ALFREDO LUCERO RODRÍGUEZ mayores de edad, la primera venezolana por naturalización y el segundo venezolano de nacimiento, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.935.526 y 4.841.292. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador, del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), en fecha 11 de marzo de 1.981.
Publíquese y regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los 29 días del mes de junio de dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez
María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
En la misma fecha de hoy, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) y previo el anuncio de ley, se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria
Exp. N° AH11-F-2008-000279/45899
Daniel