REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, Tres (3) de Junio del año dos mil diez (2010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.


Siendo hoy la oportunidad procesal para publicar la sentencia definitiva en este proceso; este Tribunal motivado al exceso de trabajo existente en el mismo, y el poco personal con el que cuenta en los actuales momentos, difiere por treinta días continuos, dicha oportunidad por aplicación del artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.