REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

200º y 151º



ACTA DE PROLONGACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR



N° DE EXPEDIENTE: AC22-L-2002-000112

PARTE ACTORA: SILVESTRE MARTINEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ISAURO GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA
APODERADA LA PARTE DEMANDADA: JOSE GIOVANNI VERGINE

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, ocho (08) de junio de dos mil diez (2010), siendo las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, anunciado el acto por el Alguacil de este Circuito Judicial, compareció por ante la sede del Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano JOSE GIOVANNI VERGINE, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 59.135, en su carácter de apoderado judicial de la demandada el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA, según poder cursante a los autos. Igualmente, el Tribunal deja constancia que no compareció a la presente prolongación el ciudadano SILVESTRE LEONARDO MARTINEZ GONZALEZ, parte actora, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno.

En consideración a ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Desistido el procedimiento y Terminado el presente proceso en vista de la incomparecencia del ciudadano SILVESTRE LEONARDO MARTINEZ GONZALEZ a la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza,

Abog. Carmen Leticia Salazar

El Apoderado de la Parte demandada,


La Secretaria,


Abog. Karina Contreras