REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 29 de Junio de 2010
Año 200° y 151°
ASUNTO N°: AP21-S-2010-000124
Vista la transacción presentada en fecha 28 de Junio de 2010, suscrita por la parte oferida, ciudadano SANTOS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.622.739, debidamente asistido por el abogado RAMON CHACIN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 112.031, por una parte y por la otra el abogado JESUS ANTONIO LEOPOLDO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CAFÉ COMERCIAL LAS AMERICAS C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs.9.000,00), este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO
CARLOS MORENO
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