REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 17 de junio de 2.010
200° y 151º

PARTE DEMANDANTE: MARTHA LIGIA SERNA BOTERO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 80. 887.201. APODERADOS JUDICIALES: ABGS. ALBERTO SOLANO y GLADYS GUADALUPE GIRON DÍAZ, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 14.604 y 13.082 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SUCESIÓN DE GIOVANNI GUIDA.
MOTIVO: PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA

EXPEDIENTE: 0419.

Por cuanto fui designado JUEZ TITULAR de este Despacho por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena de fecha 10 de Mayo de 2006, según Oficio TP-E-06-0683; con ese carácter me ABOCO al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien, revisada como ha sido la presente causa, se observa en la segunda pieza del presente expediente, diligencia de fecha 11 de noviembre de 1.996, suscrita por el abogado ALBERTO SOLANO, inscrito en el inpreabogado bajo ele Nº 14.064 actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandante ciudadana MARTHA LIGIA SERNA BOTERO; mediante la cual desiste del presente juicio de Partición y Liquidación de la Comunidad Concubinaria y así como de la Acción. En ese sentido éste Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se declara terminado el presente procedimiento y se ordena la remisión del mismo al Archivo Judicial. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR


ABG. RAMON CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO

ABG. ANTONIO HERNANDEZ
EXP Nº 0419.
RCP/AH/Lt*