REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 02 de Junio del 2010
200º y 151º
Expediente N°: 22.375
Demandante Orlando Rodríguez García, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 12.002.958, de este domicilio
Demandado Hayarí Trinidad Duque, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 11.690.096, de este domicilio
Motivo Divorcio
Decisión Homologación de Desistimiento
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano Orlando Rodríguez García, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 12.002.958, de este domicilio, asistido por la Abg. Nilda Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 78.954; y el Desistimiento del procedimiento en el contenido, este Tribunal lo tiene por consumado e imparte su homologación. En consecuencia, se acuerda la devolución de los originales de los folios 3, 4, 5, 6 y 7, previa su certificación en autos.- Cúmplase lo ordenado
La Jueza Provisoria
Abg. Eumelia Velásquez M. La Secretaria
Abg. Jheysa Alfonzo
El Tribunal requiere el suministro de los fotostatos.-
La Secretaria
EVM/JA / /Zlma
Exp. N°: 22.375
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