Maracay, 09 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: DP11-S-2009-000293
ACTA
PARTE OFERIDA: JUAN ANTONIO HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.430.913 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: KARINA CORONEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.740.-
PARTE OFERENTE: TORMOCA, C.A.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARIA MATOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.182.-
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.-

En el día hábil de hoy, 09 de Junio de 2010, siendo las 02:00 p.m; comparecen por ante este despacho, la parte oferida ciudadano JUAN ANTONIO HERNANDEZ, debidamente asistido por el abogado en ejercicio KARINA CORONEL, asimismo, se deja constancia de la comparecencia del Apoderado Judicial de la oferente abogado MARIA MATOS, todos ut-supra identificados, a los fines de celebrar la audiencia preliminar especial en el presente asunto.- EL ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio la mediación.- Seguidamente, las partes han decidió dar por terminado el presente procedimiento celebrando acuerdo transaccional en los siguientes términos: La parte oferida acepta la oferta real de pago consignada por la parte oferente TORMOCA, C.A, por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 44.099,87), cancelados de la manera siguiente: 1) La suma de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 24.486,67), cantidad esta que se encuentra debidamente depositada en la entidad bancaria BANCO BICENTENARIO (Banco Universal), BANFOANDES, cuenta de ahorros a favor de la parte oferida, signada bajo el Nº 0007-0061-45-0060287374, de fecha 14 de Enero de 2010; 2) La suma de CATORCE MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 14.000,00), a través de instrumento bancario Nº 37322085, cuenta cliente Nº 01050132648132018362, a favor del ciudadano JUAN ANTONIO HERNANDEZ, de fecha 06 de Junio de 2010; 3) La suma de CINCO MIL SEISCIENTOS ONCE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. F. 5.611,20), a través de instrumento bancario Nº 322081, a favor de la parte oferida, el cual fue cancelado en fecha 31 de Mayo de 2010, cantidades estas que ascienden a la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 44.099,87); este pago se realiza por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, Intereses por prestación de antigüedad, indemnización establecida en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, cesta ticket, salarios caídos; Así como también declaro, que en esta forma están satisfechos todos los derechos y acciones que hubieran podido corresponderles de acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo en el presente asunto y nada me adeuda la sociedad mercantil TORMOCA, C.A. Igualmente solicitamos a este Tribunal el cierre y archivo del presente asunto.- Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluido la Audiencia Preliminar Especial y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, y se ordena el cierre y archivo del expediente.- Finalmente el ciudadano Juez, ordenó oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, para la entrega de la respectiva libreta de ahorros a favor del ciudadano JUAN ANTONIO HERNANDEZ.- Finalmente el ciudadano Juez ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

ABOG. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ
EL OFERIDO Y SU ABOGADO ASISTENTE.

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE.-
EL SECRETARIO

ABOG. CARLOS VALERO