REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: YANNIRA YESENIA EIZAGA ALVAREZ y ALVARO JOSE SUAREZ GARCIA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº: 10.543-10
SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 21 de Abril de 2010 los Ciudadanos YANNIRA YESENIA EIZAGA ALVAREZ y ALVARO JOSE SUAREZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.658.925 y V-10.279.933 respectivamente, asistidos por el abogado JORGE PATRICIO FLORES RAMOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 50.867, presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de cinco (05) años están separados y que de la unión conyugal procrearon una (01) hija actualmente mayor de edad.
Admitida la solicitud en fecha 20 de Mayo de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 22 de Junio de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.