En el día de hoy 10 de Junio de 2010, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Prolongada en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora la ciudadana ANYELE KATIUSKA MORALES MARIN, y la Apoderada Judicial Procuradora de los Trabajadores Abogada LEISY YULAINY SIBRIAN RUIZ, ambas arriba identificadas. Y por la parte demandada, comparece la Apoderada Judicial Abogada ABNY SUESLY AULAR GARCÍA, tal como consta en el folio 33 del presente expediente. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 9.000,00,), para ser pagado el día 28 de Junio de 2010, en la sede del Tribunal a las 10:00 a.m. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y Salarios Caídos. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio.