En el día de hoy Jueves 10 de Junio de 2010, siendo las 02:00 p.m., previa solicitud de ambas partes para celebrar la audiencia preliminar inicial en el presente asunto, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora en la persona del ciudadano WILLIAMS TOMÁS RAMIREZ ARTEAGA y de su Abogado Asistente JOSÉ FRANCISCO CARMONA VELIZ, supra identificados; y por la parte demandada comparece la apoderada Judicial EYDA ANDREINA ORTEGA GIRON, tal como consta en autos en los folios 26 y 27 ambos folios inclusive, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada previa renuncia de lapsos procesales de acuerdo a la fase del presente asunto, y a fin de terminar con el presente procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 90.000,00), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque de gerencia Nro.76433484, con fecha 31 de Mayo 2010, elaborado a nombre del Trabajador WILLIAMS TOMÁS RAMIREZ ARTEAGA, de la institución financiera Bancaribe. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y la Indemnización por la Enfermedad ocupacional, este último por la cantidad de Bs. 87.089,36. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su abogado Asistente, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por las prestación Sociales ni demás derechos inherentes de la extinta relación laboral que lo unía a la demandada ni por la indemnización demandada por enfermedad ocupacional en este asunto.