REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y PUNCERES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. CARIPITO: VEINTICINCO (25) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ. (2010).
199° y 151°.-
Vista la conciliación habida entre los ciudadanos NORELIS JOSEFINA SALDIÑA y ARGENIS HERNANDEZ MARTINEZ, venezolano, mayores de edad, identificados con las cédulas Nros. 12.429.322 y 8.876.488 respectivamente, partes demandante y demandado en el presente juicio con motivo de OBLIGACION DE MANUTENCION; y por cuanto no es contraria a derecho. El Tribunal le imparte su homologación. En consecuencia, ofíciese al ciudadano Gerente del Banco Bicentenario, Banco Universal, Agencia Caripito, a los fines que la ciudadana NORELIS JOSEFINA SALDIÑA, ante identificada aperture una cuenta de Ahorros a nombre de sus niños YEISON YSAIAS, ALBENYS JOSUE, ANGELO DANIEL y JELMIN JESUS HERNANDEZ SALDIÑA, en el cual le será depositado por el ciudadano ARGENIS HERNANDEZ MARTINEZ las cantidades señalada en el Acto conciliatorio. Líbrese oficio y así se decide. Cúmplase.
El Juez Titular.,
Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz.
La Secretaria.,
Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes.
En la misma fecha se cumplió con lo dispuesto en el auto anterior. Conste. Secretaria.
JGGQ/luz.
EXP. Nº 443-2010.
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