Comisión: 05186
TOMAS GONZALO BARRIOS MEDINA/ GUATARASMA.
En horas de Despacho del día de hoy 10 de Marzo de 2.010, siendo las 9:00 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el abogado en ejercicio FELIX MORABITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.486, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano TOMAS GONZALO BARRIOS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.027.713, incoado contra RAMON GUATARASMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.370.982, con motivo del Juicio de DESALOJO, a los fines de practicar la medida de Entrega a la parte demandante de un inmueble ubicado en la calle 3, número 20, sector paraíso, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, totalmente libre de bienes y personas, y cancele la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES (Bsf. 7.237,oo) por concepto de cánones de arrendamiento vencidos y servicios públicos, decretada por el Tribunal comitente: Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Y siendo las 9:40 a.m, se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida.- Asimismo, el Tribunal hace constar que se encuentra acompañado en este acto por una comisión de efectivos de la Policía del Estado Monagas comandada por SARGENTO 1ero. Hasson Caraballo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.305.119. El tribunal deja constancia que una vez constituidos en el inmueble se procedió a realizar el llamado de voz respectiva, no respondiendo persona alguna, es por ello que se designa como Cerrajero al ciudadano Sargento 1ero. Hasson caraballo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.305.119, quien acepto el cargo y juro cumplirlo fielmente, y quien procedió aperturar la cerradura. Acto seguido interviene la parte actora: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se procede hacer Entrega a la parte demandante de un inmueble ubicado en la calle 3, número 20, sector paraíso, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, totalmente libre de bienes y personas, quien estando representado en este acto por su apoderado judicial FELIX MORABITO, arriba identificado lo recibe en es acto conforme, libre de bienes y personas. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:10 a.m.-
La Juez Suplente Especial,
Abog. Grecia Gutiérrez Villahermosa
La Parte demandante El Cerrajero
La Secretaria,
Abog. Angelica Campos Aponte
Comisión: 05186
|