REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, MATURIN, 15 DE MARZO DE 2010

ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-20010-000057
PARTE ACTORA: JESUS RAFAEL ALEMÁN, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad N°. V- 13.056.756
ABOGADOS ASISTENTES Y/O APODERADOS (AS) DE LA PARTE ACTORA: ERRICO DESIDERIO SCALA, en ejercicio de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 42.284
PARTE DEMANDADA: ASESORAMIENTO ESPECIALIZADO MFS, S.A.
ASUNTO: Cobro de Prestaciones Sociales.
Vista la diligencia de fecha 08 de MARZO suscrita por el abogado ERRICO DESIDERIO SCALA inscrito en el inpreabogados N° 42.284, mediante el cual deja constancia que las partes llegaron a un acuerdo, antes de la celebración de la audiencia preliminar por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (3.000Bs.) siendo el monto demandado la cantidad de SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS(6.680,66Bs.), así mismo manifiesta que con el presente acuerdo sus representados no tienen nada más que reclamar a la empresa demandada por concepto de beneficios o indemnizaciones derivadas de la relación que mantuvo con la accionada en tal sentido da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DECLARA TERMINADO EL PROCESO, dándole efectos de Cosa Juzgada y por cuanto las partes no solicitaron copias de la presente, se ordena el archivo del expediente.

EL JUEZ

ABOG. VICTOR ELIAS BRITO GARCIA

LA SECRETARIA