REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL




Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO : AP21-L-2008-005139
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 08 de marzo de 2010, por el ciudadano PEDRO MARTINEZ, parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por la ciudadana VANESSA FUGUET, IPSA N°107.647; y por la otra la ciudadana ROSEHEMARI VARGAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual la parte demandada ofrece por vía transaccional, a los fines de poner fin al presente juicio la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bsf. 150.000,00), con ocasión a la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES incoare el ciudadano PEDRO JOSE MARTINEZ Y AMALIA LIÑAN CABEZA contra EMED MEDIOS DIRIGIDOS C.A., este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Cúmplase con lo ordenado.

El Juez

Secretaria

Abg. Felix Milano


Abg. Lorena Guilarte