REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós de marzo de dos mil diez
199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005176
PARTE ACTORA: MARIA JOSEFINA OJEA NOVOA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CASTO MARTIN MUÑOZ MILANO, STALIN RODRIGUEZ, ANA MARIA MARIHCALES
PARTE DEMANDADA: FUNDACION DE EDIFICACION Y DOTACIONES EDUCATIVAS FEDE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CHERYL NARVAEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el dia de hoy, veintidós (22) de Marzo de 2010, siendo las 12:00 m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogada CHERYL NARVAEZ inscrita en el IPSA bajo el Nº 94.476 en su condición de apoderado de la parte demandada; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 199 °.
La Juez


Abg. Yolimar Ávila


La apoderada de la parte demandada





La Secretaria