REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25° ) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-000347
Visto el escrito suscrito por el abogado JOSÉ GREGORIO FERNANDEZ en su carácter de apoderado de la parte actora ciudadana JAIDY MARIANA ALVAREZ RODRIGUEZ y la abogada VANESSA FUGUET MARTINEZ en su carácter de apoderada de la parte demandada CONSORCIO PROMOTING C.A. y WORKFORCE C.A. por medio del cual acuerdan Transacción por la suma de de bolívares TREINTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (BF. 30.763,64) , este Tribunal revisado el escrito, y por cuanto el mismo no vulnera normas de orden público y se encuentran llenos los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 de su Reglamento así como el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA dicha transacción en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Olga Díaz López