REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, Ocho (8) de Marzo de 2010.
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-002268

Visto el escrito presentado por la ciudadana JACQUELINE JIMENEZ, Defensora de Niños, Niñas y Adolescente Nro. 225 del Municipio Libertador del Distrito Capital, a petición de los ciudadanos MITZONIA LEDEZMA JIMENEZ y EDMUNDO JOSE MANUEL GRIMAN NIETO, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.572.726 y V-12.762.273, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de su hijo, (...), en el cual remite Convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 16/11/09, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y visto que dicha solicitud, no es contraría al ordenamiento jurídico vigente y no se conculcan los derechos e intereses del niño de autos, se procede a ADMITIR la misma;