REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio Nº 13
Caracas 01 de marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2000-000692

Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y transcurrido como han sido más de seis meses desde el momento en que este órgano jurisdiccional dictara en fecha 19 de noviembre de 2001, Medida de Protección a favor de la joven RAIZA DE JESUS MORGADO, de (18) años de edad, consistente en medida de colocación familiar en el hogar de la ciudadana OBDULIA ROMELIA BLANCO DE MORGADO, titular de la cédula de identidad N° V-2.955.950.
Ahora bien, cumpliendo con el dispositivo legal previsto en el artículo 131 de la Ley in comento, que ordena la revisión por lo menos cada seis meses de las medidas de protección dictadas, y encontrándonos en dicho lapso, tomando en cuenta la fecha en que fue dictada originalmente la medida de protección que nos ocupa, este Tribunal procede a revisar la presente medida, en consecuencia revisadas como han sido las actuaciones de este órgano jurisdiccional, y visto que el joven de autos, ciudadana RAIZA DE JESUS MORGADO, adquirió la mayoría de edad, es por ello que esta Sala de Juicio, acuerda el cierre del presente expediente, en consecuencia se ordena el archivo del mismo y la desincorporación del archivo central de este Circuito. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

La Secretaria

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren

Abg. Sally Guerrero



JQA/SG/jherry
AP51-S-2000-000692