REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de marzo de 2010.
198º y 150º

Visto el escrito de fecha 05 de marzo del 2.010, interpuesto por la ciudadana Diana Golindano, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 5.888.853, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.413, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente “MATTEL DE VENEZUELA, C.A.”, mediante la cual se opone a la Admisión de la presente causa, éste Órgano Jurisdiccional a los fines de emitir pronunciamiento sobre dicho pedimento, hace la siguiente observación:
Primero: No consta en autos las resultas de la boleta de notificación librada a la Procuradora General de la República, en fecha 22 de octubre del 2.009.
Segundo: Ante la mencionada evidencia, el Tribunal niega el pedimento de la diligénciate.
El Juez Titular,



Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,




Hilmar Elena Rocha Esaá.



Asunto No: AP41-U-2009-000606
RCJ/eli.