Maracay, 15 de Marzo de 2010
 
199º y 150º
 
ASUNTO: DP11-L-2009-000932
 
ACTA
 
PARTE ACTORA: CARLOS EMIRO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.481.596.
 
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ANDRES SUAREZ y ADOLFO CACHORRO, inscritos en el Inpreabogado  bajo los Nros 102.572 y 106.230 respectivamente-
 
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICO INDUSTRIAL SANTA CRUZ, C.A.-	
 
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ROXANA ICIARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el  Nº 17.520.- 
 
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.-
 
 
En el día hábil de hoy, 15 de Marzo de 2010, siendo las 08:30 a.m, oportunidad fijada para la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadano CARLOS EMIRO HERNANDEZ, supra identificados a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, el Juez deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte accionada en el presente asunto, que lo es FRIGORIFICO INDUSTRIAL SANTA CRUZ, C.A, abogada en ejercicio ROXANA ICIARTE, según consta de instrumento poder consignado en este acto y que se ordena agregar a los autos. En este estado y visto lo anteriormente señalado, es por lo que conforme a las previsiones del Artículo 130  de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. 
 
EL JUEZ
 
 
DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ.
 
 
 
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA                                                              	
 
	
 
EL  SECRETARIO
 
 
ABOG. CARLOS VALERO.- 
 
 
 
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