REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA.

PARTE ACTORA: CARLOS FIDEL GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.909.900 actuando en su condición de Endosatario de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN FACILITO, C.A.
PARTE DEMANDADA: MARICRUZ TOMASA LUGO GARCIA, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-14.691.105.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL SIMÓN PACHECO, Abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 85.137.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN)
EXPEDIENTE N°: 10.194
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
En fecha 11 de Noviembre de 2009, se admitió la demanda intentada por el Abog. CARLOS FIDEL GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.909.900 actuando en su condición de Endosatario de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN FACILITO, C.A.
En fecha 18 de Febrero de 2010, comparecen las partes y consignan escrito de Convenimiento, solicitando la homologación del mismo. El Tribunal al respecto observa: Que el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece:

“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto y se procederá como caso de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”