REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: MARIA ELENA DOMINGUEZ BEJAS y ENRIQUE DELFINO SALAZAR PEREZ
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 10375-10
SENTENCIA DEFINITIVA

En fecha 19 de Enero de 2010, los Ciudadanos MARIA ELENA DOMINGUEZ BEJAS y ENRIQUE DELFINO SALAZAR PEREZ, venezolanos, Mayores de edad, de éste domicilio, Cónyuges, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.145.610 y V-10.753.146, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en Ejercicio BELLA MORENO VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.857, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco (5) años están separados, y que de la unión conyugal no procreamos hijos.

Admitida la solicitud en fecha 29 de Enero de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien manifestó no tener objeción alguna.