REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintinueve (29) de marzo de 2011
200° y 152°
ASUNTO: DP11-R-2011-000082
ACTA
PARTE ACTORA: ISMHERT ALI LITTLE FRAGOZA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.000.628.
PARTE DEMANDADA: AUTO CENTRO LA VICTORIA, C.A
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: no consta
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ELYANA GUTIERREZ CORREA, inscrita en el inpreabogado bajo el N°106.005 -
MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-
En el día de hoy martes, veintinueve (29) de marzo de 2011, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por la Abogada ELYANA GUTIERREZ CORREA, inscrita en el inpreabogado bajo el N°106.005, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada AUTO CENTRO LA VICTORIA, C.A., contra auto de admisión de pruebas dictado en fecha 24 de febrero de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, sede La Victoria. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada E. Milene Briceño y el Alguacil Héctor Perdomo, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada, hoy recurrente, quien no se hizo presente ni por representante estatutario, ni apoderado judicial alguno. En virtud de la Incomparecencia de la parte demandada y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 9:30 a.m.; este Tribunal declara de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra. Remítase el presente expediente y copia certificada de la presente acta, al Tribunal Segundo de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua sede la Victoria, una vez vencido el lapso de Ley, a los fines legales consiguientes. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.
LA SECRETARIA,
ABG. E. MILENE BRICEÑO.
JFMN/EMB.
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