REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR ORIENTAL.
Maturín, 13 de Mayo del 2010
200º y 151º
Visto el escrito presentado en fecha 26 de abril de 2010, por la abogada NADIA IZQUIERDO DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 110.598, actuando en su carácter actuando en su carácter de apoderada sustituta del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO MONAGAS, con el cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:
I
DE LAS DOCUMENTALES
En cuanto a la promoción realizada, la recurrente promueve, el expediente Administrativo Disciplinario de Destitución, del ciudadano OSCAR MARQUIADES ACUÑA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 18.173.431, por lo que este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes. Así se decide.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. En Maturín a los Trece (13) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Diez (2010). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
La Juez Provisoria La Secretaria,
Silvia J. Espinoza Salazar Mary Josefina Cáceres
SJVES/MJC/ff
Exp. N° 3746
|