JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.
200º y 151º
Vista la anterior diligencia, suscrita por la abogado en ejercicio de este domicilio, ROSA A. NATERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.30.436, con el carácter acreditado en autos, donde solicita a se fije oportunidad para la fijación del Cartel del demandado en la presente causa, de una revisión exhautiva de las actas que conforman la presente causa se observa de que en fecha ocho (08) de Octubre de año dos mil nueve, inserta en el folio treinta y tres (33), La Secretaria deja constancia que de que se trasladó a la siguiente dirección: Urbanización Los Sauces, Calle 3, Casa Nro. D-8, Sector Tipuro Maturín, Estado Monagas, y siendo las dos y treinta de la tarde, (2: 30 p.m) fijó Cartel cumpliendo de conformidad con lo establecido en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Tribunal niega lo solicitado. Y así de decide.
ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABG. YOHISKA MUJICA LUCES.
Exp: 31.867.
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