REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 25 de Mayo de Dos Mil Diez.
200° y 151°
Vista la diligencia y su anexo suscrita por la ciudadana: ANA LUISA TORREALBA BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.899.705, debidamente asistida por la Abogada: YURI POLICARPIO CORREA MARTINEZ, en el ejercicio este domicilio con el InpreAbogado N° 114.293, este Tribunal acuerda agregar a los autos, asimismo se acuerda AUTORIZAR a la ciudadana: ANA LUISA TORREALBA BELLO, el retiro de la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. F 2.440,00) de la cuenta de ahorro signada con el N° 0007-0069-01-0010017211 de la Entidad Bancaria BANFOANDES, a favor de la Niña: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), la cual serán destinados para CANCELAR las mensualidades del Año Escolar 2008-2009, de igual forma la solicitante deberá consignar el recibo de pago por ante este Tribunal. Expídase por secretaría copia certificada de esta actuación y entréguesele a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDA TITULAR

Dra. ELINA CIANO D´COOLS.
LA SECRETARIA

Abg. DIANA M. LEZAMA

Exp. 7998, Bienes, Alex.-