REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS.
CORTE DE APELACIONES
SALA 2
Caracas, 20 de Mayo de 2.010
200º y 151º
PONENTE: OSWALDO REYES CAMACHO
EXPEDIENTE Nº 2939
Corresponde a esta Sala decidir sobre la admisibilidad del Recurso de Apelación intentado por las abogadas: DUSAY DE LA CRUZ DUEÑAS GONZALEZ y LUZ MARYSOL FLOREZ VILLAMIZAR, Fiscal Principal y Auxiliar Octogésima Segunda (82°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la Decisión de fecha 21 de Abril de 2.010, emanada del JUZGADO ACCIDENTAL SÉPTIMO (7°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual acordó otorgar la Medida Alternativa al Cumplimiento de la Pena de Régimen Abierto a favor del penado PERDOMO HERNÁN JOSÉ, por encontrarse llenos los extremos legales exigidos en los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. Dicha apelación fue contestada por la abogada: ZULEIMA GONZALEZ, DEFENSORA PÚBLICA OCTAGÉSIMA SEGUNDA (82°) PENAL EN FASE DE EJECUCIÓN ADSCRITA A LA UNIDAD DE DEFENSA PÚBLICA PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
DE LA ADMISIBILIDAD
El Recurso de Apelación, fue ejercido con sustento jurídico en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, dentro del lapso previsto en el artículo 448 ejusdem, de acuerdo al cómputo cursante al folio 41 de la sexta pieza y sin causal de inadmisibilidad alguna de las enumeradas en el artículo 437 ibídem.
La decisión recurrida es apelable por expresa disposición del artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso ejercido por la accionante, cumple prima-facie con los requisitos de legitimidad, agravio, oportunidad y fundamentación de los motivos en forma concreta y separada –sin prejuzgar sobre su eficiencia- a que se contraen los artículos 433, 434, 435 y 436 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia es admitido a trámite, conforme a lo establecido en el artículo 447 ibídem.
En consecuencia y por cuanto el Recurso de Apelación fue interpuesto fundamentado en causa legalmente preestablecida, y no ser evidentemente inadmisible, se ADMITE. Y ASÍ SE DECLARA.
La contestación fiscal a la apelación de la defensa fue consignada dentro del plazo inserto en el encabezamiento del artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal, de acuerdo al cómputo cursante al folio 41 de la sexta pieza, por lo que igualmente SE ADMITE y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por las abogadas: DUSAY DE LA CRUZ DUEÑAS GONZALEZ y LUZ MARYSOL FLOREZ VILLAMIZAR, Fiscal Principal y Auxiliar Octogésima Segunda (82°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la Decisión de fecha 21 de Abril de 2.010, emanada del JUZGADO ACCIDENTAL SÉPTIMO (7°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual acodó otorgar la Medida Alternativa al Cumplimiento de la Pena de Régimen Abierto a favor del penado PERDOMO HERNÁN JOSÉ, por encontrarse llenos los extremos legales exigidos en los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.
SEGUNDO: ADMITE la contestación a la apelación presentada por la abogada: ZULEIMA GONZALEZ, DEFENSORA PÚBLICA OCTAGÉSIMA SEGUNDA (82°) PENAL EN FASE DE EJECUCIÓN ADSCRITA A LA UNIDAD DE DEFENSA PÚBLICA PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ya que fue consignada dentro del plazo inserto en el encabezamiento del artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
EL JUEZ TITULAR PRESIDENTE,
OSWALDO REYES CAMACHO
PONENTE
LA JUEZ TITULAR, LA JUEZ,
ELSA JANETH GÓMEZ MORENO MARIA DEL PILAR PUERTA F.
EL SECRETARIO,
LUIS ANATO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
EL SECRETARIO,
LUIS ANATO
Exp. Nº. 2939