REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 24 de Mayo de 2010
199º y 150º
Nº 139-10
CAUSA Nº S5-10-2673
PONENTE: DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
Vista la inhibición planteada por el ciudadano DR. ROBINSON VÁSQUEZ MARTÍNEZ, en su condición de Juez Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos ORLANDO ARTEAGA GALLARDO, VÍCTOR ZEBALLOS CARRILLO, JUAN MENA MENDOZA, HAIDDE SANTANA HERNÁNDEZ, YUNESKA DÍAZ SANTANA y JAVIER ANTONIO JASPE LORENZO, mediante la cual promueve como medios probatorios, copias debidamente certificadas del Acta de la Audiencia Preliminar de fecha 25/03/2010 y del auto de apertura de juicio de fecha 14/04/2010, cursante a los folios 06 al 64 del presente cuaderno de incidencia; es por lo que este Despacho Judicial ADMITE las pruebas documentales ofrecidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para dilucidar la incidencia procesal planteada, y por cuanto las mismas están constituidas por documentales, se les darán el valor correspondiente al momento de emitir el fallo a que hubiere lugar sobre dicha incidencia. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, es por lo que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: ADMITE las pruebas ofrecidas por el ciudadano DR. ROBINSON VÁSQUEZ MARTÍNEZ, en su condición de Juez Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos ORLANDO ARTEAGA GALLARDO, VÍCTOR ZEBALLOS CARRILLO, JUAN MENA MENDOZA, HAIDDE SANTANA HERNÁNDEZ, YUNESKA DÍAZ SANTANA y JAVIER ANTONIO JASPE LORENZO, consistentes en las copias debidamente certificadas del Acta de la Audiencia Preliminar de fecha 25/03/2010 y del auto de apertura de juicio de fecha 14/04/2010, cursante a los folios 06 al 64 del presente cuaderno de incidencia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para dilucidar la incidencia procesal planteada, y por cuanto las mismas están constituidas por documentales, se les darán el valor correspondiente al momento de emitir el fallo a que hubiere lugar sobre dicha incidencia.
Regístrese, publíquese y diarícese.
EL JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)
DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
LA JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGRANTE
DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS J.
LA SECRETARIA
ABG. TERESA FORTINO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. TERESA FORTINO
CAUSA N° S5-10-2673
JOG/ CMT/MCVJ/TF/Mariana.
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