REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

EN SU NOMBRE:

A los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 243 del código de procedimiento civil, se determinan que en el presente Juicio intervienen como partes y apoderadas las siguientes personas:


PARTE DEMANDANTE: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.750.665 y de este domicilio.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 32.090 y de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: SUSANA MARIA NAVAS CONOPOY Y DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números, 12.864.438 y 14.568.171, y de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE: FEDERICO RIVAS, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.273, respectivamente y de este domicilio.

MOTIVO: RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO

EXPEDIENTE N° 15.001

Se recibió Demanda de Reconocimiento en su contenido y Firma de Documento interpuesto por el ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad, Nº 8.750.665 respectivamente y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, Abogado Inscrito en el IPSA bajo el Nº 32.090, quien comparece por ante este Juzgado Distribuidor en fecha: 26 de Octubre de 2009.

NARRATIVA

Cursa a los folios dos (02), Tres (03), Cuatro (04), Cinco (05), de la presente Demanda de Reconocimiento en su contenido y Firma de Documento, y Recaudos que fueron acompañados, a la demanda del Ciudadano PABLO JOSE RUIZ SERRADA, asistido por el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, sobre un vehiculo con las siguientes características: PLACAS Nº NAY-04W, MARCA: NISSAN; MODELO: SENTRA CLASICO SINCRONICO; AÑO: 2007, COLORES: PLATA; SERIAL DE CARROCERIA: 3N1EB31S07K319812; SERIAL DEL MOTOR: GA16883558V, CLASE AUTOMOVIL: TIPO SEDAN; USO PARTICULAR. Y el Precio de la referida Cesiòn y Traspaso fue por la cantidad de: VEINTE MIL BOLIVARES, (Bs. 20.000.00) que dan los ciudadanos: SUSANA MARIA NAVAS CONOPOY Y DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ al ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, en fecha Treinta y Un (31) día del mes de Octubre del año 2007.



Cursa al folio Seis (06), auto dictado por este Tribunal de fecha 29 de Octubre de 2009, en el cuál admite la Demanda de Reconocimiento en su Contenido y Firma de Documento, intentada por el ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, asistido por el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, en contra de los ciudadanos: SUSANA MARIA NAVAS CONOPOY Y DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, por: RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, ordenándose la citación de la parte demandada, para que comparezcan el quinto (5to) día siguiente a la citación, a fin de que Reconozca o niegue el contenido y firma del Documento intentado en su contra.

Riela al folio siete (07) comparece por ante este Tribunal el ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, en fecha Dieciséis (16) de Noviembre de 2009, asistido por el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, mediante el cual le otorgo Poder Apuc-Acta.

Al folio Ocho (08) comparece por este Tribunal, en fecha 16 de Noviembre de 2009, el ciudadano MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, Abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº 32.090 y de este domicilio en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA y expone: Pongo a disposición del ciudadano Alguacil de este Tribunal, los emolumentos y medios necesarios a los fines de que el mismo proceda a practicar la citación de los demandados.

Al folio nueve (09), cursa auto de fecha 19 de Noviembre de 2009, emanado por este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Estado Monagas, y acuerda del traslado del ciudadano Alguacil para practicar la citación de los ciudadanos: SUSANA MARIA NAVAS CONOPOY Y DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, para el Cuarto (4to) día de despacho siguiente a los fines de practicar la citación de la parte demandada.


Cursa a los folios nueve (9) y Diez (10), comparece el ciudadano LUIS EDGARDO LOZADA, en su carácter de Alguacil Acc. de este Juzgado Segundo de los Municipio Maturín Agusay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la circunscripción Judicial del Estado Monagas y expone: Consigna constante de Un (01) folio útil Boleta de Citación debidamente firmada por la ciudadana: SUSANA NAVAS, de fecha: 26 de Noviembre del 2009.

Riela al folio Doce (12) de fecha 02 de Diciembre del 2009, comparece el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 32.090 y de este domicilio y expuso: Por cuanto consta en autos que el demandado DOUGLAS ALBERTOGLOD SANCHEZ, se negó a firmar la referida citación, es por lo que solicito se proceda de conformidad con lo establecido en el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil.

Al folio Trece (13), cursa auto de fecha 03 de Diciembre de 2009, emanado por este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Estado Monagas, y acuerda del traslado del ciudadano Alguacil para practicar la citación del ciudadano: DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, para el Cuarto (4to) día de despacho siguiente a los fines de practicar la citación de la parte demandada.




Riela al folio catorce (14) escrito de contestación mediante el cual comparece por ante este Tribunal en fecha: 08 de Diciembre de 2009, la ciudadana: SUSANA MARIA NAVAS CONOPOY, y expone: Siendo oportunidad procesal para dar contestación a la demanda pretendida por: RECONOCIMEINTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, intentado por el ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, quien reconoce el contenido del documento y la firma que es su puño y letra y asi la huella digital que se estampan debajo de la firma presentado que se le pone a la vista, presentado por el ciudadano PABLO JOSE RUIZ SERRADA.

Cursa al folio quince (15) de fecha 15 de Diciembre del 2009, comparece el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 32.090 y de este domicilio en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante y expuso: Por cuanto consta en autos que el demandado DOUGLAS ALBERTOGLOD SANCHEZ, se negó a firmar la referida citación, es por lo que solicito se proceda de conformidad con lo establecido en el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil, quedando este codemandado debidamente citado de la presente demanda.

Cursa al folio diecisiete (17) de fecha 18 de Enero del 2010, comparece el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 32.090 y de este domicilio en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandante y expuso: Por cuanto consta en autos que el demandado DOUGLAS ALBERTOGLOD SANCHEZ, se negó a firmar la referida citación, es por lo que solicito se proceda a librar boleta de conformidad con lo establecido en el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil.

Rielan a los folios Dieciocho (18) y Diecinueve (19), de fecha: 19 de Enero del 2010, auto y Boleta de Notificación dirigida al ciudadano: DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, emanado por este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Agusay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.

Cursa al folio veinte (20) de fecha 05 de Marzo del 2010, comparece el Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 32.090 y de este domicilio en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante y expuso: Por cuanto librada la respectiva Boleta se sirva fijar la oportunidad a los fines que la ciudadana secretaria se sirva de conformidad con lo establecido con el 218 del Código de Procedimiento Civil.


Al folio veintiuno (21), cursa auto de fecha 10 de Marzo de 2010, emanado por este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Estado Monagas, se acuerda el traslado de la secretaria para el Tercer (3er) día de despacho siguiente a las Once (11:00 AM) de la mañana.

Riela al folio Veintidós (22), de fecha 27 de Abril de 2010, comparece la ciudadana: NUNZIA VELIZ LOPEZ, secretaria Acc. del Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Agusay santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y expuso: Hago del conocimiento a la Jueza de este Tribunal, que el día 26/04/2010, siendo aproximadamente las 12:45 hora del mediodía, me traslade a la siguiente dirección: Guarito IV, vereda 26 casa 40 de esta ciudad de Maturín Estado Monagas y procedí a fijar Boleta de Notificación conforme a lo establecido en el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil.


MOTIVACIONES PARA DECIDIR:

Visto el escrito de Contestación a la demanda de fecha. 08 de Diciembre del 2009, cursante al folio suscrita por la ciudadana: SUSANA MARIA NAVAS CONOPOY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N. 12.864.438, en su carácter de Cónyuge del ciudadano: DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, asistida por el Abogado FEFERICO RIVAS ROCA, parte demandada, en la presente demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, en la cual reconoce en su contenido y firma el Documento Privado que se le pone a la vista, presentado por el ciudadano PABLO JOSE RUIZ SERRADA, parte demandante.

Vista la Consignación realizada por la ciudadana: NUNZIA VELIZ LOPEZ, secretaria Acc.de este Juzgado segundo de los Municipios Maturín Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de fecha 27 de de Abril del 2010 que riela al folio 22, mediante la cual fijo Boleta de Notificación en el domicilio del ciudadano: DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ, de conformidad con lo establecido con el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil.

Por cuanto la misma llena los extremos establecidos en el Artículo en el 444 del código de Procedimiento Civil, el cual establece que la parte contra quien se produzca en Juicio un Instrumento Privado como emanado de ello o de algún causante suyo, deberá manifestar formalmente si lo reconoce o lo niega, ya en el acto de la contestación de la demanda, si el instrumento se ha producido, cuando lo fuere posteriormente a dicho acto. Y el Artículo 15 establece los Jueces, garantizaran el derecho de la defensa y mantendrán a las partes en los derechos y facultades comunes a ellas, sin preferencia ni desigualdades y en los privativos de cada una las mantendrán respectivamente, según lo que acuerde la ley, a la diversa condición que tengan en el juicio, sin que puedan permitir ni permitirse ellos extralimitaciones de ningún genero, este Tribunal, considera que la presente Demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, debe prosperar en derecho y así debe ser declarado Observándose, además que el documento ha sido plenamente Reconocido en su contenido y firma por los demandados de auto. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA:

Con fuerza en los fundamentos de hecho y derecho precedente este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Demanda de: RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, intentado por el Ciudadano: PABLO JOSE RUIZ SERRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.750.665 y de este domicilio, quien tiene como apoderado Judicial Abogado MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio inscrito en el IPSA, bajo el Nº 32.090 y de este domicilio, contra de los ciudadanos: SUSANA MARIA NAVAS Y DOUGLAS ALBERTO GLOD SANCHEZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 12.864.438 Y 14.568.171, Asistida la Primera por el Abogado; FEDERICO RIVAS ROCAS venezolano, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo en Nº 16.273 y de este domicilio.

Publíquese, Regístrese, diaricese y déjese copia Certificada. Dado y firmado y sellado, e n la sala de este Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los (12) días del mes de Mayo del Año 2010. AÑOS: 200 de la Independencia 151º de la Federación.
LA JUEZ

ABG. MARIA BALBINA CARVAJAL NARVAEZ
LA SECRETARIA ACC.

ABG. NUNZIA VELIZ LOPEZ

En esta misma fecha siendo la 10: 00 AM, horas de la mañana Se dicto y Publico la anterior sentencia. Conste La Secretaria.

ABG. NUNZIA VELIZ LOPEZ.

Exp. Nº 15.001

MBC/Milagros.