REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 11 de mayo DE 2010
200° y 151°
ACTA
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2010-000505
PARTE DEMANDANTE: LUIS ZARAGOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 14.619.152 y de este domicilio. No compareció a la Audiencia Preliminar.
APODERADO JUDICIAL: No consta en el expediente
PARTES DEMANDADAS: BAR RESTAURANT EL CANEY DE YENNI S.RL.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: WENDY VERDEZA y MARIANGELA RODRIGUEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº (s) 125.536 y 121.278.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS


En fecha veinticinco (25) de marzo de dos mil diez (2010) el ciudadano LUIS ZARAGOZA, ya identificado, asistido por el abogado JESUS VEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46025, comparece por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circunscripción Judicial y presenta demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES contra la empresa BAR RESTAURANT EL CANEY DE YENNI S.RL.

Distribuida la causa, correspondió su conocimiento al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, procediéndose a la admisión de la demanda en fecha seis (06) de abril de 2010, librándose el correspondiente Cartel de Notificación a la demandada.

Una vez notificada la demandada, en fecha 27 de abril de 2010 y transcurrido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Adjetiva Laboral, en fecha 11 de mayo de 2010 oportunidad correspondiente para celebrar la Audiencia, anunciado el acto tal como consta en Acta cursante al folio veinticinco (25), este Juzgado dejó constancia que realizado el anuncio por parte del Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora señalada en el auto de admisión de fecha seis (06) de abril de 2010, cursante al folio diez (10) del expediente, la parte demandante ciudadano LUIS ZARAGOZA ya identificado, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial, a la realización de la Audiencia Preliminar, e igualmente se dejó constancia de la asistencia de la accionada BAR RESTAURANT EL CANEY DE YENNI S.R.L., representado por su apoderada judicial abogada WENDY VERDEZA.

Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar del ciudadano LUIS ZARAGOZA parte actora en este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas procedió a dictar la decisión en forma Oral tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión. En consecuencia este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Se advierte a las partes que podrán ejercer los recursos que consideren pertinentes dentro de los cincos días hábiles siguientes a la publicación de la presente decisión y deberán anunciar o consignar en dicha oportunidad los elementos o instrumentos que constituyan o contribuyan a la demostración de esa causa justificada de incomparecencia a la Audiencia Preliminar.

Publíquese y Regístrese la presente Decisión en esta misma fecha.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los ONCE (11) días del mes de mayo de Dos Mil Diez (2010). 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA, SECRETARIA (O)

Abogº YUIRIS GOMEZ ZABALETA.