ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005694
PARTE ACTORA: OSWALDO FAUSTINO PEÑALOZA DURAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: “UNIDAD EDUCATIVA EL JUNQUITO LICEO GUSTAVO PADRON C.A.”
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIÓ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, viernes siete (07) de mayo de 2010, día y hora fijado 10:30 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”, incoado por el ciudadano: OSWALDO FAUSTINO PEÑALOZA DURAN contra la demandada “UNIDAD EDUCATIVA EL JUNQUITO LICEO GUSTAVO PADRON C.A.”. Seguidamente este Tribunal deja constancia que ni la parte actora ni la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas al siete (07) día del mes de mayo de dos mil diez (2010). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 151° y 200°
El Juez


Abg. Franklin Porras Mendoza

El Secretario

Abg. Julio Hernández