REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 11° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : AP21-L-2009-006061
PARTE ACTORA: ERICK DAVID HERNANDEZ ORTEGA.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: YORGARD MONASTERIOS
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y MANTENIMIENTO A.S.E.C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS LOPEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Visto escrito de Transacción de fecha 17 de mayo de 2010, presentada por los ciudadanos YORGARD MONASTERIOS abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 113.475, quien es apoderado judicial de la parte Actora ciudadana ERICK DAVID HERNANDEZ ORTEGA, cédula de identidad NºV- 18.033.825, y LUIS LOPEZ, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 103.572, asistiendo en este acto al ciudadano ALEXANDER SEIJAS, cédula de identidad NºV- 13.211.903, en su carácter de Presidente de la parte demandada SERVICIOS Y MANTENIMIENTO A.S.E.C.A; este Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs.F. 8.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Así se establece.-
El Juez
El Secretario
Abg. Alcy Salazar
Abg. Tomas Mejías
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