REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de mayo de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-001677
PARTE ACTORA: YRAIDA DEL VALLE ROSQUEZ ZAPATA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: C.A. METRO DE CARACAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES

En el día hábil de hoy catorce (14) de mayo de dos mil diez (2010), siendo la hora fijada, para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que las partes actora y demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.


El Juez Titular

Abg. Aníbal F. Abreu Portillo

La Secretaria

Abog. Claudia Yanez