REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de mayo de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-001066

Visto el escrito presentado el 14 de abril del presente año, mediante el cual ambas partes manifiestan su acuerdo, en cuanto a los montos presentados en el escrito de persistencia en el despido presentado por la parte demandada, que son por el orden de Bs. 61.117,70, se homologa con fuerza de cosa juzgada. Visto que hay constancia en autos de los pagos efectuados, se ordena el cierre y archivo del expediente.-

La Jueza

La Secretaria

Abg. Milagros Jiménez

Abg. Norialy Romero