REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002194
PARTE ACTORA: JESÚS ALFREDO GUERRERO ARTEAGA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FABIOLA ALVAREZ y OTROS
PARTE DEMANDADA: DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CRISTINA MENDES
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE CESTA TICKETS
Hoy, 18 de mayo de 2010 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano JESÚS ALFREDO GUERRERO ARTEAGA, cédula de identidad NºV-12.747.949, en su carácter de parte Actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, representada en este acto por su apoderada judicial, abogada CRISTINA MENDES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº97.032, quien consigna copia simple del instrumento poder en cuatro (4) folios útiles, el cual se ordena agregar a los autos. En este orden de consideraciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 y 200.
La Jueza
Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abog. Norialy Romero
Apoderada Judicial de la parte Demandada
Se deja constancia que en el día de hoy dieciocho (18) de mayo de dos mil diez (2010), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
Secretario
Abog. Norialy Romero
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