REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 09
Caracas, trece (13) de Mayo de 2010.
Años: 200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-007117
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior manifestación de Separación de Cuerpos y Bienes, presentado por los ciudadanos LEONARDO JOSE LUTTINGER CANO y NORKYS YELITZA BATISTA VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nº V-6.719.634 y V-13.493.785 respectivamente, debidamente asistidos de abogado y recaudos acompañados; y por cuanto dicha solicitud no es contraria a ninguna disposición expresa de la Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho;
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