REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal N° 9
Caracas, treinta y uno (31) de Mayo de 2010.
Años: 200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-008634
Revisada como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto; se observa que en fecha 20 de mayo de 2010, fue consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención presentado por la ciudadana ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en defensa de los derechos y garantías del niño (...), hijo de los ciudadanos KRIS MARVIS MARQUEZ BETANCOURT y JONATHAN DAVID CAÑAS ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.301.363 y V-11.202.065, respectivamente, en el cual remiten convenimiento de Obligación De Manutención, de fecha 18 de mayo de 2010, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley;
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