REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Nº XIV

Caracas, 18 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2009-017411
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 06 de mayo del año en curso, suscrita por el abogado EUCLIDES ALBERTO MARTINEZ, en la cual solicita sea subsanado el error en que se incurrió en la sentencia de fecha 18 de Marzo de 2010, en el cual no se menciono a la adolescente (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); en consecuencia, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual donde se transcribió el nombre de la adolescente como: DANIELA ALEXANDRA, debe decir XXXX . Téngase la presente como parte accesoria de la sentencia de fecha 18 de Marzo de 2010. Cúmplase.-
LA JUEZA
EL SECRETARIO
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. CARLOS ANDRES FONSECA



AP51-S-2009-017411
YLV/CAF/luissilva