REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 6 de Mayo de 2010
200º y 151º

Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos U.R.D.D, en fecha 30 de septiembre del 2008, por el ciudadano Edgar Vicente Peña Cobos, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 18.722 actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Contribuyente “CORPORACION LA HUERTA, C.A”, contra la Resolución No: SERMAT-ADMC-CAFRA-RES-2008-138-000775 de fecha 11 de agosto del 2008, emanada de la Superintendencia del Servicio Metropolitano de Administración Tributaria del Distrito Metropolitano de Caracas; estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el Artículo 268 y siguientes eiusdem. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a Pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, de conformidad con lo previsto en el supra mencionado Artículo 268 del mismo Código.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los seis (06) días del mes de mayo del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Titular.

Ricardo Caigua Jiménez.

La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá

La presente decisión se publicó en su fecha, a las doce (12:00 m.) horas de la tarde.
La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá.

Exp. Nº: AP41-U-2008-000627
RCJ/HERE/agl





Hilmar Elena Rocha Esaá, Secretaria del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en aplicación analógica del Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, CERTIFICA: La autenticidad de la copia fotostática, que antecede, la cual es fiel y exacta a su original, cursante en el Asunto No AP41-U-2008-000627, de la contribuyente “CORPORACION LA HUERTA, C.A”, Certificación que se expide para el COPIADOR DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS DE ESTE TRIBUNAL. En Caracas, a los seis (06) días del mes de mayo del año Dos Mil diez (2010).------------------------------------------------------
La Secretaria.


Hilmar Elena Rocha Esaá.
































HERE/agl