REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Mayo de 2010
200º y 151º
Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado por el apoderado judicial de la sociedad mercantil CALZADOS LINABELL V S.R.L promoviendo las siguientes documentales: 1.- original del Acta de recepción N° 070871 de fecha 04 de julio de 2007, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Capital-División jurídico tributaria, 2.- original del Recurso interpuesto por la contribuyente en fecha 04 de julio de 2007, 3.- copia simple de una sentencia dictada en fecha 09 de febrero de 2009, por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, 4.- copia simple de una sentencia dictada en fecha 18 de febrero de 2010, por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario. Este Tribunal observa que las pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, por lo que las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva. El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
El Juez,
Raúl Gustavo Márquez Barroso.
La Secretaria,
Bárbara Vásquez Parraga
AP41-U-2010-000041
RGMB/ejlc
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