LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA
REGIÓN CAPITAL
En fecha 03 de febrero de 2009 la abogada MILAGROS JOSEFINA TORRES MÁRQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 86.180, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil “PROSEGUROS”, S.A., interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Providencia Administrativa No. 000542, de fecha 20 de febrero de 2008 emanada de la Superintendencia de Seguros.
En fecha 19 de febrero 2009, este Tribunal dictó auto mediante el cual se ordenó oficiar a la citada Superintendencia, a fin de requerirle los respectivos antecedentes administrativos, y a tal efecto se libró Oficio Nro. 09/212 cuyo original y copia fueron consignados por el Alguacil de este Tribunal en fecha 03 de junio de 2009, por cuanto no le fue facilitado las expensas necesarias para realizar la referida notificación.
Ahora bien, como puede observarse la parte interesada no ha realizado ninguna actuación tendiente a impulsar el procedimiento e interrumpir así la perención de la causa, desde el día 03 de febrero de 2009, hasta la presente fecha, motivo por el cual este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento, todo ello conforme lo prevé el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de mayo de dos mil diez (2010). Años 200° y 151°
EL JUEZ PROVISORIO,
FERNANDO MARÍN MOSQUERA
LA SECRETARIA,
ALCIRA GÉLVEZ SANDOVAL
En la misma fecha 18 de mayo de 2010, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las once minutos de la mañana (11:00 a.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA,
ALCIRA GÉLVEZ SANDOVAL
Exp. Nro. 006263
JAML
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