este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, revoca el auto de fecha 29 de abril de 2.010 y repone la causa al estado de que transcurra el último día de oposición de las pruebas promovidas, el cual comenzará a computarse al día siguiente a aquel que conste haber notificado a las partes del presente auto. Líbrese boleta y Oficio con transcripción del presente auto.