REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 04 de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH12-S-2008-000387.
Por recibida y vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos EDWIN ROJAS RAMIREZ y MARLENY DEL CARMEN URBANO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V.-25.531.814 y V.-15.710.717, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado PEDRO RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.376, désele entrada, anótese en el libro respectivo y tramítese conforme a la Ley. En consecuencia, examinados como han sido los términos en que fue planteada la solicitud, y cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal, conforme lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA la SEPARACIÓN DE CUERPOS y ASI SE DECIDE. Expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la solicitud y del presente auto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez consignados los fotostatos requeridos para tal fin. Cúmplase.
EL JUEZ
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
LRHG/MGHR/Ronnie
Exp. Nº AH12-S-2008-000387
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