En el día de hoy, ¬veinte (20) de Mayo de dos mil diez (2010), siendo las 8:30 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretaria DAYANA PARODI PEÑA, en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora Doctor CARLOS JOSE ZAVARSE PABON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 31.777; en la siguiente dirección: Inmueble identificado con el Número 2, que forma parte del Edificio denominado San Antonio, ubicado en la planta baja de dicho Edificio, situado en la Avenida Olimpo, Urbanización San Antonio, Sabana Grande, prolongación Sur de La Florida, Jurisdicción de la Parroquia El Recreo, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; con la finalidad de practicar la ENTREGA MATERIAL y la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretadas por el JUZGADO VIGESIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue la ciudadana JOSEFA MAYZ contra el ciudadano AGUSTINHO VIEIRA BARRETO. Presente una persona de sexo masculino quien dijo ser y llamarse MARCOS ALBERTO RIVERA MUENTES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Número 22.040.872, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó que el señor Agustino no se encontraba y que él era el dueño de todos los bienes que se encuentran en el local. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora Doctor Carlos José Zavarse Pabon, expone: Solicito al Tribunal practique la Entrega Material que le ha sido encomendada y por cuanto existen bienes muebles en el interior del inmueble, pido acuerde el depósito necesario de los mismos, previo su inventario. Igualmente solicito a este Tribunal comisionado que practicada la presente Entrega Material sean remitas las presentes actuaciones al Tribunal de la Causa, es todo. En este estado el notificado ciudadano Marcos Alberto Rivera Muentes, antes identificado, expone: Pido al Tribunal me autorice a trasladar por mi propia cuenta y riesgo todos los bienes muebles que se encuentran en este inmueble a la siguiente dirección: Urbanización Vista Alegre, Calle “F”, Quinta Luisiana; relevando de toda responsabilidad en el manejo de los mismos al Tribunal, es todo. El Tribunal vista la solicitud que antecede formulada por el notificado ciudadano Marcos Alberto Rivera Muentes, le autoriza a trasladar por su propia cuenta y riesgo todos los bienes muebles que se encuentran en este Local a la dirección por él indicada. En este estado siendo las 9:42 de la mañana, se hace presente una persona de sexo masculino quien dijo ser y llamarse AGOSTINHO VIEIRA BARRETO, Portugués, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Número E-81.246.742, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal. El Tribunal a señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora y dando cumplimiento a la comisión encomendada hace Entrega Material del siguiente bien inmueble: “Inmueble identificado con el Número 2, que forma parte del Edificio denominado San Antonio, ubicado en la planta baja de dicho Edificio, situado en la Avenida Olimpo, Urbanización San Antonio, Sabana Grande, prolongación Sur de La Florida, Jurisdicción de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital”; y lo pone en posesión totalmente libre de personas, bienes, joyas, dinero, títulos valores, de la parte actora representada en este acto por su Apoderado Judicial Doctor Carlos José Zavarse Pabon, quien estando presente lo recibe conforme para su representada. El Tribunal deja expresa constancia que la parte demandada ciudadano Agostinho Vieira Barreto, antes identificado, se retiró de este acto. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. El Tribunal, siendo las 12:15 de la tarde, da por terminada la presente actuación y ordena el regreso a su sede Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,
CELSA DIAZ VILLARROEL.
EL NOTIFICADO,
EL APODERADO ACTOR,
LA SECRETARIA,
DAYANA PARODI PEÑA.
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