REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, tres (03) de mayo de 2010
Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 28 de abril de 2010, por la ciudadana María Esperanza Rodríguez Viudes, titular de la cédula de identidad N° V-5.968.016, asistida por la abogado María Corina Olavarría de Barceló, en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.154, parte actora en este proceso, mediante la cual se da por notificada de la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2010 y solicita la notificación de la parte demandada de la referida decisión, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, ciudadano Jorge Humberto Olivares Corredor, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.147.708, de la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.


El Secretario,


Richars Domingo Mata




VGJ/RDM/grisel
Exp: 9874





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, tres (03) de mayo de 2010
Años 200° y 151°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano Jorge Humberto Olivares Corredor, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.147.708, parte demandada, en el juicio que por Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal o Concubinaria, le sigue la ciudadana María Esperanza Rodríguez Viudes, sustanciado en el expediente signado con el número 9874, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 23 de abril de 2010.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes


VGJ/grisel
Exp Nº 9874