REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, (27) de Mayo de 2.010

200° y 151°
Vista la anterior solicitud y las declaraciones testimoniales promovidas y evacuadas a tal efecto, este Tribunal sin perjuicio de aquellos terceros que pudieran tener un igual o mejor derecho; y de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo suficiente que acredita a la ciudadana: RUT NATALY BOMPART LEMUS, titular de la cédula de identidad Nro V-.18.745.207, respectivamente, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de Cujus ciudadana: NATALY JOSEFINA LEMUS DE FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° V-6.450.919, quien falleció en el hospital Vargas, a causa de Falla Multiorganica, Parroquia San José, Municipio Libertador de Distrito Capital, en fecha 30 de Diciembre de 2005. Expídanse las copias certificadas solicitadas, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código Procedimiento Civil.-
LA JUEZ.

Dra. INDIRA PARIS BRUNI.
LA SECRETARIA.


ABG MARIELA ARZOLA PADILLA.


IPB/MAP/antonio
Exp. N° AP31-S-2009-006578.-