REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, Tres (03) de mayo de dos mil diez.-
200° y 151°
Visto el convenimiento celebrado entre las partes en fecha 13/04/2010, cursante a los folios 118 al 121 del presente expediente, mediante la cual solicitan se le imparta su homologación, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION en los mismos términos expuestos y acuerda proceder en caso de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo, el Tribunal acuerda de conformidad.- En consecuencia, se ordena expedir por secretaría las copias certificadas cursante a los folios 118 al 121, con inserción de las diligencias donde las solicitan y del presente auto, certificación que se hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Expídanse las copias certificadas solicitadas, una vez que sean consignados en su totalidad los correspondientes fotostátos.-
EL JUEZ TITULAR
RENAN JOSE GONZALEZ
EL SECRETARIO
WALID JOSEPH YOUNES M.
ASUNTO AP31-V-2009-002160
RJG/WJYM/IRP*
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