REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 200º y 151º.
No Exp. AP31-S-2010-002763
SOLICITANTE (S): Ciudadanos FLOR MARIA CHIRINOS DE HERNANDEZ, AISKEL MERCEDES HERNANDEZ CHIRINOS, YANETH MARGARITA HERNANDEZ CHIRINOS, VICTOR REINALDO HERNANDEZ CHIRINOS, NORBELY HERNANDEZ CHIRINOS y YENSY JOSE HERNANDEZ CHIRINOS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 3.810.392, V-12.531.731, V-15.020.007, V-13.128.712, V-15.020.210 y V- 19.018.762, respectivamente, debidamente asistidos para ese acto por la Abogada EUDIS VILLARROEL, I.P.S.A. Nº 7.742.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
I
Acude a esta Instancia la ciudadana FLOR MARIA CHIRINOS DE HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.810.392, debidamente asistida para ese acto por la Abogada en ejercicio EUDIS VILLARROEL, I.P.S.A. Nº 7.742., correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
Como fundamentos de su solicitud, solicita la peticionante, que este Juzgado se sirva interrogar a los testigos que oportunamente presentará, para que se le interrogue sobre los particulares contenidos en su escrito de solicitud de Únicos y Universales Herederos.
Asimismo, solicita a este Juzgado que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a derecho, declarando la condición de Únicos y Universales Herederos de VICTORIANO HERNANDEZ, a los ciudadanos FLOR MARIA CHIRINOS DE HERNANDEZ, AISKEL MERCEDES HERNANDEZ CHIRINOS, YANETH MARGARITA HERNANDEZ CHIRINOS, VICTOR REINALDO HERNANDEZ CHIRINOS, NORBELY HERNANDEZ CHIRINOS y YENSY JOSE HERNANDEZ CHIRINOS, cónyuge e hijos.
Ahora bien, visto el contenido del escrito de Solicitud presentada por la ciudadana FLOR MARIA CHIRINOS DE HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.810.392, debidamente asistida para ese acto por la Abogada en ejercicio EUDIS VILLARROEL, I.P.S.A. Nº 7.742., y el pedimento contenido en la misma y revisados uno a uno los recaudos presentados junto a este escrito de solicitud, mediante la cual se pretende que le sean declarado la condición de de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre de VICTORIANO HERNANDEZ, sin embargo, en el Acta de Defunción Nº 982, que corre inserta al folio 04, se extrae que: “…Deja 05 Hijos de Nombres: VICTOR REINALDO, NORVELIS, AISKEL, JENSY Y YANETH MERCEDES…”, así mismo, se extrae del Acta de Nacimiento Nº 2566, inserta al folio 07, que: “… y tiene por nombre: YANETH MARGARITA…”, así mismo, se extrae del Acta de Nacimiento Nº 986, inserta al folio 09, que: “… tiene por nombre: NORBELY…”, y del Acta de Nacimiento Nº 12, que corre inserta al folio 10, que: “…YENSY JOSE…”, por otra parte, en las copias de las cédulas de identidad que corren insertas al folio 11, aparecen identificados como YANETH MARGARITA, C.I Nº 15.020.007, NORBELY HERNANDEZ CHIRINOS, C.I. Nº V- 15.020.010, y YENSY JOSE HERNANDEZ CHIRINOS, C.I. Nº V- 19.018.762, en consecuencia, vistas las disimilitudes existentes entre el escrito de solicitud y sus recaudos anexos, motivos estos que le impiden a este Jurisdicente, dadas las consideraciones aquí expuestas admitir la presente solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, a tenor de lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (18) días del mes de Mayo de dos mil diez (2010). Años: 200º y 151º
LA JUEZ TITULAR
DRA. LORELIS SANCHEZ
EL SECRETARIO TITULAR.
Abg. EDUARDO JOSE GUTIERREZ
En esta fecha, siendo las 09:05 a.m., se registró y publicó la anterior decisión
EL SECRETARIO TITULAR.
Abg. EDUARDO JOSE GUTIERREZ
AP31-S-2010-002763
LS/Ejg/br
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